La adopción de la Ley de las XII tablas constituye uno de los hitos más importantes en la historia del Derecho. Fue es considerada como el primer código de los romanos y el punto de partida de su Derecho.
Si bien las XII tablas fueron recopiladas todas de una vez, son producto de un largo proceso histórico:
Los plebeyos, debido a la monipolización del Senado por parte de los patricios salieron de Roma en el año 494 a.C. y se instalaron en el Monte Sacro(Montem Sacrum), rechazando prestar el servicio militar. Crearon su propio estado paralelo con sus propias asambleas: las Concilia plebis, y sus propios representantes: dos tribunos de la plebe.
En el año 462 a.C., el tribuno TERENTILUS ARSA propone la creación de una comisión de cinco magistrados("Lex Terentilia") con el fin de que elaboren unas leyes comunes a patricios y plebeyos, pero los patricios se oponen a esta propuesta y consiguen que no sea adoptada.
Durante los ocho años siguientes los plebeyos no cesan en su ímpetu de conseguir que esas leyes tomen forma, reeligiendo durante este tiempo a los mismos tribunos. En el año 454 a.C. los patricios ceden en parte, aceptando que se lleve a cabo esa legislación, pero sosteniendo que los legisladores han de ser patricios.
Tres años más tarde, APPIUS CLAUDIUS "el ciego"(cónsul romano) crea una magistratura excepcional de diez hombres llamada decemviri legibus scribundi formada solo por patricios, que gobernarán la República. Esta magistratura comienza la redacción de una Ley recogida en diez tablas: la LEX DÉCIMA TABULARUM.
El año siguiente(año 450 a.C.) se añaden dos tablas más(la XI y XII), que serán conocidas como tabulae iniquae(gravosas), entre las disposiciones que contienen estas dos últimas tablas se encontraban, por ejemplo, la prohibición del matrimonio entre patricios y plebeyos. La Ley de las XII Tablas fueron recogidas en tablas de madera y expuestas en el foro(el equivalente a la plaza central de las ciudades actuales).
En cuanto al contenido de esta LEX XII TABULARUM, podemos dividirlo mediante el siguiente esquema:
- Las Tablas I, II y III contienen normas referentes a las acciones y al proceso privado y penal. Una de las disposiciones contenidas en estas tablas en que, en caso de mal físico o enfermedad, se podrá aplazar el litigio mediante pactum, o se le podrá prestar montura al acusado para que pueda acudir a juicio.
- Las Tablas IV, V, VI y VII contienen normas de las instituciones quiritarias(ciudadanos romanos) tales como la familia, la herencia, formas de adquisición de la propiedad... La familia para la LEX XII TABULARUM es agnaticia(vínculos jurídicos y no de sangre). Entre las medidas relativas a la familia encontramos que, en caso de que el padre venda tres veces al hijo, el hijo será libre del padre(Tabla IV.2)
- La Tabla VIII está referida al Derecho Penal: Se distingue por primera vez entre delitos públicos(crimina) y delitos privados(delicta). Una de las medidas tomadas es la siguiente: "Si el patrono defraudare a un cliente, sea execrado(La EXCRETIO implicaba o bien ser despeñado desde la roca Tarpeya, o bien ser muerto en la hoguera).
- Tablas IX y X recogen normas de Derecho Público y normas de la ciudad de carácter sagrado.
- Tablas XI-XII(recordemos que estas dos últimas fueron añadidas con posterioridad a las diez primeras a modo de apéndice): Se establece la norma de que "todo cuanto el pueblo acuerde en último término sea también derecho".
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